Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Michoacán -MEXICO-


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Boletin06609

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INCUMPLE AYUNTAMIENTO DE LÁZARO CÁRDENAS RECOMENDACIÓN DE LA CEDH

Morelia, Michoacán a 02 de julio del 2009. El Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas incumplió una recomendación emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), la cual aunque en su momento fue acepta por las autoridades señaladas, no se remitieron pruebas de su cumplimiento.

Se trata de la recomendación número 088/2007 dirigida al Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas y que se deriva de la queja presentada por la señora Alma Delia Cardoso Reyes.

La queja fue levantada en el mes de enero del 2007 bajo los conceptos de ejercicio indebido del servicio público y acto de molestia infundado en contra de Francisco Javier Maldonado Alfaro, Silvestre Sandoval Nogueda y Carlos Villasana Puertas, presidente, secretario y jefe de departamento de la alcaldía de Lázaro Cárdenas.

La afectada manifestó que en marzo del 2005 celebró un convenio de cesión de derechos con la señora Victoriana Reyes González del lote 01 de la manzana 07 de la colonia Luis Donaldo Colosio de esa ciudad.

No obstante en septiembre del 2006 la autoridad municipal le expidió una constancia de del lote referido con una modificación y las causas de cancelación de los derechos de asignación bajo el argumento de que no cumplió con las condiciones estipuladas; esto pese a que la afectada cuenta con los recibos de drenaje, agua y luz.

A la vez refirió que en octubre del 2006 entregó al Ayuntamiento, a través de la tesorería municipal, la cantidad de tres mil pesos por concepto de enganche y pese a cubrir mensualidades de 958.24 pesos le hicieron llegar la notificación de cancelación de la carta de asignación del lote.

Ante estos hechos y habiendo realizado las diligencias correspondientes la CEDH emitió recomendación dirigida al presidente municipal, Francisco Javier Maldonado Alfaro.

Los puntos de la recomendación fueron los siguientes:

De la presente inconformidad se desprende responsabilidad por parte de los funcionarios señalados.instruye se tomen las medidas que a su juicio sean necesarias para que a los funcionarios y autoridades de este Ayuntamiento se les capacite para el buen ejercicio de sus funciones y con ello evitar violaciones a los derechos fundamentales.el gobierno municipal, realice todas las medidas necesarias que garanticen el bienestar y la tranquilidad de los habitantes del municipio.establezcan los instrumentos y mecanismos idóneos y necesarios para que los servidores públicos municipales, den respuesta a aquellos requerimientos debida y legalmente emitidos por esta Comisión, evitando actitudes omisas.
Que en su oportunidad se determine lo que conforme a derecho proceda, respecto a la omisión en la rendición del informe requerido por este organismo.

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